Este Juzgado decreta conforme lo estatuido en el numeral 1º del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes propiedad de la parte demandada, sociedad mercantil SITEC SERVICIOS INTEGRALES DE TECNOLOGÍA C.A., y el ciudadano ENRIQUE DÍAZ RODRÍGUEZ, hasta cubrir la suma de Bs. 1.035.479,48 suma que comprende el doble de la cantidad demandada más las costas prudencialmente calculadas por este Tribunal en un 10%, es decir, Bs. 49.308,54. Para el caso que la medida recayere sobre cantidades líquidas de dinero, la misma se hará hasta la cantidad de Bs. 542.394,01 que comprende el monto demandado (Bs. 493.085,47) más las costas señaladas (Bs. 49.308,54).