Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) La INCOMPETENCIA para conocer la demanda intentada por la ciudadana ADRIANA SANCHEZ BENITEZ, abogada en ejercicio actuando en su propio nombre y representación, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 43.455 contra el ciudadano RAFAEL ESTEBAN FRANQUIZ LEON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.116.235, en consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa al Juzgado Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, con el objeto de que siga conociendo del presente asunto.
2°) Se ordena remitir el expediente al Juzgado Distribuidor Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, a los fines q.....