Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos LUIS YOFRE CEDEÑO SARMIENTO Y MARIA LUISA MONTILLA DOMINGUEZ, previamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha primero (01) de julio del año de mil novecientos setenta y seis (1976), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital, Establecieron su último domicilio conyugal en la Avenida Panteón con la Esquina de Brisas, Edificio El Altoral, piso 23, apartamento No. 23-C de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital. Según A.....