En virtud de lo antes expuesto se ordena a la parte oferente, corregir el aspecto ut-supra referido, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación que a tal fin se le practique, caso contrario se declarará la inadmisibilidad de la oferta real, en consecuencia se ordena noticiar a la parte oferente mediante boleta. Expídase Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada.
El Juez
El Secretario
Abg. Carlos Achiquez Meza
Abg. Xiomara Gelvis