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Decisiones del dia 21/09/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Undecimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2010-005612 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2010
Procedimiento:
Declaratoria De Únicos Y Universales Herederos
Partes:
MARIA ELIGIA HUMBRIA BARRIOS, CARLOS DANIEL PAREDES HUMBRIA Y JESSICA DAYANA PAREDES HUMBRIA
Resumen:
Del artículo antes descrito, se evidencia que el Tribunal competente por el territorio para conocer de la presente solicitud de Declaratoria de Único y Universal Heredero, es el que esta ubicado en el último domicilio del de cujus, que en el presente caso es el Juzgado del Municipio con sede en la Ciudad de Mérida de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, razón por la cual este DECLINA su COMPETENCIA en razón del territorio al Juzgado del Municipio BOCONO Y JUAN CAMPO ELIAS, con sede en la Ciudad de Bocono de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- En consecuencia, remítase la presente solicitud con Oficio al mencionado Juzgado, a los fines de que conozcan la presente Solicitud tal y como corresponde, una vez quede firme la presente decisión.- LA JUEZ
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2010-003363 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2010
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
IVETTE DE LUCAS VS MERCEDES LIMA PERALTA Y LIBIO DE JESUS NEUMAN ALBORNOZ
Resumen:
La norma antes trascrita tiene como supuesto de hecho, la existencia de un contrato bilateral y que haya el incumplimiento de una de las partes, y da al contratante que ha cumplido la opción de elegir entre dos acciones, la resolución del contrato y/o el cumplimiento del contrato, pero no prevé el legislador una acción por incumplimiento, se observa que en el escrito libelar se solicita en el petitorio la condenatoria de los codemandados por el incumplimiento del contrato, sin indicar en el mismo la consecuencia de dicho incumplimiento, es decir, la resolución del contrato o su cumplimiento, además la actora reclama daños y perjuicios sin especificar sus causas ni los daños, contraviniendo lo establecido en el articulo 340, ordinales 4 y 7, del Código de Procedimiento Civil, así como, lo establecido en el articulo 341 ejusdem. Por otra parte se trata de un libelo contradictorio y ambiguo, toda vez que se alega que el contrato se indetermino, y si embargo se aduce el derecho a la prorro.....
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
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