este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de las ciudadanos HAYDEE GUILLERMINA CABRERA TORREALBA, MARIA MARGARITA CABRERA DE SEDES, DAVID MATEO CABRERA TORREALBA, BERTA JOSEFINA CABRERA DE RODRIGUEZ, GILBERTO LEONIDAS CABRERA TORREALBA, OMAR JOSE CABRERA TORREALBA, FAUSTINO SANTIAGO CABRERA TORREALBA Y NOLMA TERESA CABRERA TORREALBA , venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-2.962.486, V-3.627.557; V-4.246.534; V-2.137.570; V-1.873.275; V-2.136.093; V-2.965.228 y V-4.855.003, respectivamente, ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS MARIA EULALIA TORREALBA DE CABRERA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-2.071.210. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. CÚMPLASE