Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INJUSTIFICADO EL DESPIDO y como consecuencia se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESUS YVAN MOLINA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.285.210, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES y JUSTICIA por estabilidad laboral. En consecuencia se ordena al demandado al reenganche del demandante al cargo de INGENIERO 1, adscrito a la Dirección General del Desarrollo Regional, con el pago de los salarios caídos a razón de un salario diario normal de Bs.23,33, calculados desde la fecha en que fue notificado el demandado el 2-11-200.....