Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; SIN LUGAR, la demanda de Nulidad del Actos Administrativo de efectos particulares, intentado por las abogadas LILIANA SALAZAR y HADILLI GOZZAONI, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 52.157 y 121.230 respectivamente, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil LABORATORIOS VARGAS C.A, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el Informe de Investigación de Origen de Enfermedad emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Estado Vargas, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, de fecha 13 de noviembre de 2012, suscrito por la ciudadana Daysare Zamora, titula.....