IV. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR las apelaciones interpuestas el 28.03.2012 (f.786, p.1), 29.03.2012 (f. 788, p.1), 07.05.2012 (f.792, p.1), 09.05.2012 (f.790, p.1), y 25.05. 2012 (f.82, p.1), por la abogada Miceles Ríos, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil HOTEL BAR Y RESTAURANT LA TOJA C.A., contra la sentencia definitiva de fecha 21 de diciembre de 2.011 (f.749 al 773, p.1) dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la demanda por Desalojo incoara la sociedad mercantil INVERSIONES ARTIG.....