IV.- DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fechas 10 de abril de 2015 (f. 26) por el abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil KAYSON COMPANY VENEZUELA, S.A., contra el auto decisorio dictado en fecha 31 de Marzo de 2015 (f. 17 al 24), por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el decreto de la Medida Preventiva de Embargo, solicitada por la parte actora-apelante en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue la sociedad mercantil KAYSON COMPANY .....