Se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos RUMARI FABIOLA RIVERO DE BOHORQUEZ y EDDY RAFAEL BOHORQUEZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad Nº V-14.567.011 y V-13.557.859 respectivamente. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos RUMARI FABIOLA RIVERO DE BOHORQUEZ y EDDY RAFAEL BOHORQUEZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad Nº V-14.567.011 y V-13.557.859 respectivamente, respectivamente, en fecha diez (10) de junio del año dos mil once (2011), por ante la Primera Autoridad de Registro Civil de la Parroquia Urimare del Municipio Vargas del Estado Vargas, quedando asentada bajo el acta número 44.-