Visto las pruebas aportadas, podemos concluir que la presente solicitud de adopción plena cumple con las condiciones requeridas por la Ley para su prosperidad; principalmente se observa que el solicitado en adopción ha convivido en el hogar de su adoptante desde su nacimiento hasta la presente fecha, integrándose a su hogar como si fuera un hijo, y a quien le ha prodigado la atención y el afecto de una madre.
DISPOSITIVO
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la adopción plena solicitada por la ciudadana Ingrid Coromoto Meléndez Gámez, titular de la cédula de identidad Nº V-6.358.989, a favor del ciudadano Miguel Omar Rodríguez Meléndez, titular de la cédula de identidad Nº V-18.750.628.
En consecuencia, éste último, a partir de que esta sentencia quede definitivamente firme, adquiere la condición de hijo de la ciudadana Ingrid Coromoto Meléndez Gámez con todos los d.....