Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de julio del 2017 y ratificado el 27 del mismo mes y año, por el abogado CARLOS MOSQUERAABELAIRAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JORGE LUIS GONZALEZ ARIAS, contra la sentencia dictada el 21 de julio del 2017, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato intentada por el ciudadano JORGE LUIS GONZALEZ ARIAS, contra la Sociedad Mercantil PROMOCIONES BON DI, C.A, ambas partes identificadas plenamente en el encabezado del presente fall.....