este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento de la ciudadana BELKIS ROSA PUGLIESE GUERRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad número V-5.280.447; y como quiera que los elementos probatorios aportados tales como: Acta de partida de nacimiento errada, emitida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el Nº 1947, Folio 477, Libro 1-1, del Año 1.961 donde constan el error supra identificado y el cual se pretenden rectificar con la interposición de la presente solicitud; - El apellido del padre de la solicitante se encuentra asentado como ""PUGLIESE", siendo esto incorrecto, ya que lo corr.....