Definitivamente FIRME el Decreto Intimatorio de fecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa (1990), dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda. Se ordeno que se inicie la ejecución del citado Decreto Intimatorio, y se condena en costas a la parte demandada.