Se dictó decisión mediante la cual este Juzgado decretó Medida de Embargo Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de Bs. 27.651.505,59, que comprende el doble de la suma demandada, más las costas calculadas prudencialmente por este Tribunal al 25% y que asciende a la cantidad de Bs. 3.072.389,51, suma esta ya incluida en el monto anterior, y si la misma recayere sobre sumas líquidas de dinero, se embargará preventivamente hasta cubrir la cantidad de Bs. 15.361.947,55. Para la práctica de la medida, se acordó librar comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui que por distribución resulte asignado, a quien se le facultó para designar auxiliares de justicia.