DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Franca Lucy Balduci Silano, debidamente asistida por los profesionales del derecho Carlos Simón Bello Rengifo y Gladys Rodríguez de Bello, de conformidad con lo previsto en el artículo 447 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 10 de diciembre de 2010, por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró “… INADMISIBLE, la querella presentada por la ciudadana FRANCA LUCY BALDUCCI SILANO… por carecer de requisitos formales para su presentación, de conformidad con lo establecido en e.....