Cabe destacar, que en todas las reuniones pautadas por este Tribunal para el asesoramiento de los expertos, acudieron las representaciones judiciales de ambas partes, aportando información y participando de manera activa en las mimas, es por lo que concluye quien decide que el experto contable licenciado Ramón Márquez, cumplió a cabalidad los límites de la sentencia producida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de este Circuito Judicial en fecha 01 de octubre de 2010, por lo que se declara firme en todas sus partes la experticia complementaria presentada en fecha 15 de marzo de 2011, razón por la cual el monto determinado en la misma y que asciende a la cantidad de VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS ( Bs. 29.853,74) es lo que debe ser pagado par la parte demandada al actor por los conceptos y derechos condenados en la sentencia supra mencionada. ASI SE DECIDE.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la R.....