Por las razones antes expuestas, esta Juez Unipersonal Nº 09 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio por el artículo 185-A incoada por los ciudadanos ALFREDO GUSTAVO YÉPEZ CONDE y ELSA OLADIS MENDOZA BELISARIO, ya identificados, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 18 de Abril de 1987, ante el Alcalde del Municipio Panaquire, Distrito Acevedo del Estado Miranda.-
Del vínculo matrimonial se procrearon dos (2) hijas, de nombres DAYANA ANDREINA y (...), la primera de las nombradas mayor de edad para la fecha y la segunda adolescente, en tal virtud, se da cumplimiento a lo ordenado en los artículos 349, 351, 359, 366 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adol.....