Por las razones expuestas, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 14 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos MARIA ELENA ASCANIO MUÑOZ y JOSE RAMON PALOMAREZ BIANCHI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.824.755 y V-5.932.601, respectivamente, y consecuentemente queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los mismos, contraído en fecha 31/03/1995, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital, Acta Nro. 70.-
Respecto a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Régimen de Convivencia Familia.....