este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos MIGUEL ENRIQUE UGAS CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-16.082.420 y LOANDRYS DEL VALLE LANOY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y cedulada bajo el número V-14.226.652, y disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos ante la Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón del Municipio Carirubana del Estado Falcón, según acta anotada bajo el N° 205, de fecha veinte (20) de diciembre del año dos mil tres (2003), la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por la mencionada Autoridad Civil.