este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara la ciudadana HILDA ROSA SIERRA de RAMÍREZ, en contra de la ciudadana EIRA ELENA DOMÍNGUEZ TAPIA, identificados en este fallo, y decide así:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar a la parte actora, libre de bienes y de personas, el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, ubicado en el Sector La Arenera (Calle Los Guayabitos), Barrio El Progreso, Casa Nº 060, Planta Alta, Municipio Baruta del Estado Miranda.
SEGUNDO: Se condena al demandado al pago de las costas procesales al haber sido vencida en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-