Revisadas como han sido las actas procesales, , en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano JOSÉ LUIS SOLÓRZANO, cédula de identidad Nº2.967.498, en contra de la UNIDAD POLÍTICO TERRITORIAL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, este Tribunal observa que en fecha dieciséis (16) de noviembre de 2010, se decretó la Ejecución Voluntaria, indicando tres (03) días para el cumplimiento voluntario, siendo que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en el artículo 157 establece:
"Cuando el Municipio o una entidad municipal resultaren condenados por sentencia definitivamente firme, el Tribunal, a petición de parte interesada, ordenará su ejecución. A estos fines, notificará al alcalde o alcaldesa o a la autoridad ejecutiva de la entidad municipal, que debe dar cumplimiento voluntario a la sentencia dentro de los diez días siguientes a la notificación. Dentro de ese lapso, el Municipio o la entidad municipal, según el caso, podrá proponer al ejecutante una forma d.....