SE decreta medida de Obligación de Manutención Provisional, a favor del adolescente OSCAR EDUARDO VELUTINI PEREZ, la cual se fija en el monto de CATORCE MIL BOLIVARES (Bs. 14.000,00) mensuales, suma que constituye la media de las cantidades ofrecidas y exigidas por las partes, como se señaló ut supra; la cual debe ser depositada en la cuenta corriente del Banco Venezolano de Crédito N° 0104-0042-27-0420004702 a nombre de la ciudadana BLANCA ELENA PEREZ RUBIN; esta cantidad equivale a 11,438936 salarios mínimo urbano, que se encuentra establecido en la suma de BOLIVARES UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1223,89), según Gaceta Oficial N° 39.417 de fecha 05-05-2010. Asimismo, por concepto de bonificación escolar y de fin de año, se fija en la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES (Bs. 14.000,00), cada una, las cuales deben ser igualmente depositadas en la referida cuenta, dentro de los primeros quince días de los meses de agosto y diciembre de cada año. ASI SE DEC.....