En base a los razonamiento antes expuestos este JUZGADO DECIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AERA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la acción de recurso de nulidad interpuesta por LINEA AEREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL "LASER" C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 06 de Noviembre de 1996, bajo el N° 2.504, Tomo IV, adicional 50; en contra del Acto Administrativo constituido por la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 00154-2010, de fecha 18-10-2010, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, la cual impone un procedimiento sancionatorio de multa, en virtud del desacato a la orden de reenganche y pago de salarios caídos contenida en la providencia administrativa declaró Con Lugar lo anteriormente seña.....