III
DECISIÓN
Atendiendo al razonamiento expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 754 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 60 y 47, todos del Código de de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de Divorcio, presentado por los ciudadanos HECTOR NEMESIO CONTRERAS ACOSTA e ISABEL TERESA TERÁN SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.418.784 y V-9.157.404, respectivamente, asistidos por el Abogado ÁNGEL LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 165.409, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.....