Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la
solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, formulada por los ANA LUISA GUTIERREZ PICON y
CARMELO GIUSEPPE SEGRETO COCCHIARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas
de identidad Nros. V.-13.309.650 y V.- 11.666.433, respectivamente, debidamente asistidos en este acto
por los profesionales del derecho FERNANDO GUERRERO y MIGUEL ANGEL CENTENO ADRIAN,
abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.499 y 93.922, respectivamente. En
consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 26 de agosto de
2011, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare Municipio Sucre del estado Miranda, según
consta de Act.....