DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21.10.2012 (f.130), por el abogado HEROÉS MOISÉS YÉPEZ CONDE, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, ciudadana MAIREN CAROLINA DI MARCO MAROÑAS, contra la decisión proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 07.10.2011 (f.107-111), mediante la cual prohibió la continuación de la obra nueva a partir de esa fecha, lo que implica la paralización total de cualquier tipo de trabajo de construcción dentro de dicha área".
SEGUNDO: INADMISIBLE la querella.....