Se declara concluido el presente procedimiento. Se ordena la notificación de las partes y una vez de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes de haber practicado la ultima de las notificaciones, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. LIBRESE NOTIFICACION., LIBRESE LOS OFICIOS RESPECTIVOS. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA Y NOTIFIQUESE. Años: 209° y 60°.
La Juez,
La Secretaria,
Omaira Alejandra Uranga Bolívar
Abg. Karelys Gudiño