UNICO: Decretar la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO BOSCAN GUDIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 22.540.457, acordando como centro de reclusión la Casa de Reeducacion y Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia. Se advierte que como consecuencia de la decisión judicial el Ministerio Público presentará el acto conclusivo correspondiente dentro de los treinta días siguientes a la decisión judicial, pudiendo ser prorrogado este lapso por un máximo de quince días previa solicitud presentada con al menos cinco días por la representación fiscal, vencido este lapso sin haberse presentado el acto conclusivo, el Tribunal acordará la libertad del imputado e impondrá una medida cautelar sustitutiva o alguna de las medidas de protección y seguridad a las que se refiere la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. .....