Se dicto auto mediante el cual, este Tribunal le da entrada a la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoara la ciudadana MARIA ALIDA DEL CARMEN CALDERON CARRILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número: V- 2.454.889, en contra de la ciudadana, DANYER DENISA GONZÁLEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el estado Barinas, civilmente hábil y titular de la Cédula de Identidad número: V- 17.170.471, constante de una (01) Pieza Principal; a los fines de que surtan los efectos legales consiguientes. y ADMITE la demanda, por no ser contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de ley; ordenando tramitar la misma, por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 338 del Código de Procedimiento Civil,