emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se declara CON LUGAR la acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento, ejercida por la sociedad mercantil Inmobiliaria Arauca C.A., en contra del ciudadano Williams Alberto Macias, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 1.167 del Código Civil.
Segundo: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito privadamente entre las partes, en fecha 01.10.1997.
Tercero: Se condena a la parte demandada entregar a la parte actora, el bien inmueble constituido por el apartamento distinguido con el Nº 21, situado en el Edificio Matiris, ubicado entre las Esquinas de Toro a Balconcito, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador, Distrito Capital, en el mismo buen estado de mantenimiento y conservación en que le fue entregado.