Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la rectificación de acta de matrimonio solicitada por la ciudadana ANA FLOTILDE GERDEL DE FREITES y, en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: donde se lee "CECILIA...", debe decir y leerse como realmente corresponde, "FLOTILDE". Así se establece.
Ofíciese lo conducente a la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.