Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 22 de mayo del 2015 por el abogado FRANCISCO GIL HERRERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, contra el auto dictado el 15 de mayo del 2015, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, queda REVOCADO el auto dictado el 15 de mayo del 2015, por el Juzgado ut supra identificado. 2) Se Ordena al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, continué el trámite del proceso en el estad.....