DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expresadas este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SANCIONA AL JOVEN ADULTO: (IDENTIDAD OMITIDA), por el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, y se le SANCIONA A CUMPLIR LAS MEDIDAS SOCIO-EDUCATIVA DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, y luego de cumplida LA LIBERTAD ASISTIDA el joven cumplirá con la IMPOSICIÓN DE REGLAS CONDUCTAS, por el lapso de OCHO (8) MESES, esta última con el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- la prohibición de portar armas de fuego, 2.- la prohibición de consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes, 3.- la obligación de incorporarse al área educativa y laboral, 4.-la prohibición de salir sin autorización del país y de la jurisdicción del tr.....