III
DISPOSITIVA
Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION a la transacción judicial celebrada en fecha 10 de diciembre de 2010, entre los ciudadanos ANA MARIBEL DE CASTRO PEÑA y YOSWALD FRANCISCO YANEZ BAEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.629.171 y V-6.867.608, respectivamente, en los mismos términos por ellos establecidos, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese y Regístrese.-
Déjese Copia del presente fallo en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, Firmada y Sellada en el Saló.....