III
DISPOSITIVO
Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO, formulado en fecha 19/01/2011, por el abogado EDWIN JOSÉ AÑON, inscrito en el IPSA bajo el N° 131.595, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES incoara en contra del ciudadano YOHAN RIVAS, la sociedad mercantil HERMANOS CAMACHO CA., y la empresa SEGUROS MERCANTIL CA., dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Asimismo se ordena la entrega de los originales previa consignación en autos de los fotostatos respectivos.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodéc.....