En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE los Recursos de Apelación interpuestos por; El primero: Abogado MIGUEL ÁNGEL CHARINA AREVALO, en su carácter de Abogado Privado del ciudadano LENIN JOSÉ GUERRERO VELAZQUEZ y El Segundo por la abogada LOURDES J. ODUBER H, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano LUIS FELIPE OSORIO, de conformidad con el artículo 447 ordinal 5°, del Código Orgánico Procesal Penal, recursos interpuestos en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16°) en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de Enero del 2010, mediante la cual acuerda negar la aplicación de la garantía a que se refiere el primer aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser procedente.
En consecuen.....