Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, ordinal 1º, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 269 eiusdem, en el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA COIN RESERVA DE DOMINIO, seguido ante este Tribunal por la Institución Financiera BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra el ciudadano JESÚS RAFAEL HERNANDEZ BELLORÍN, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia:
1º Se suspende la medida de secuestro decretada por este Juzgado en fecha 18 de octubre de 2.011, recaída sobre el vehículo placa GCX09D, marca Chevrolet, modelo Optra, año 2.006, color plata, serial de carrocería 9GAJM52346B046354, serial del motor T18.....