este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte demandada, y asimismo de acuerdo a los parámetros establecidos en la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de octubre de 2009, conjuntamente con el informe contable presentados por los Lic Gilda Garcés y Pedro Álvarez, se determina que la suma a pagar por la Sociedad Mercantil INVERSIONES MORIBER, C.A., a favor del ciudadano JEAN AVENDAÑO suficientemente identificado en autos es la cantidad de Bs. 7.551,68. Publíquese. Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión.