Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demandada intentada por la ciudadana MAITTE BERROTERAN contra la empresa TURISMO CONSOLIDADO TURISOL CASA DE CAMBIO C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales, condenándose a la demandada a cancelar por todos los conceptos especificados en la parte motiva de la presente decisión la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS DIEZ Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 3.610.646), por todos los conceptos especificados en la parte motiva de la presente decisión, así como la cantidad que corresponda por Beneficio Alimentario, intereses sobre Prestación de Antigüedad, Intereses Moratorios y Corrección Monetaria de acuerdo a los parámetros contemplados también en la.....