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Decisiones del dia 24/05/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2011-002368 N° Sentencia : Fecha: 24/05/2011
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
SOLICITANTES: CIUDADANOS BELKIS DEL VALLE DÍAZ RÍOS Y DANIEL JOSUE CARTAYA LAYA, QUIENES SON DE NACIONALIDAD VENEZOLANA, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, CÓNYUGES, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-6.108.599 Y V-5.406.136, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Ahora bien, vista la manifestación de ambos cónyuges, y encontrándose como alegan separados de hecho desde el día veinte (20) del mes de Septiembre del año 1985, este Tribunal considera que se ha verificado el supuesto de hecho establecido en la norma supra mencionada, por lo que no teniendo nada que objetar la Fiscal del Ministerio Publico, resulta procedente la disolución del vinculo matrimonial y así se decide. -III- DECISION Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos BELKIS DEL VALLE DÍAZ RÍOS y DANIEL JOSUE CARTAYA LAYA, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.108.599 y V-5.406.136, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Jefe Civil de la Parroquia Caricuao, M.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-F-2010-001057 N° Sentencia : Fecha: 24/05/2011
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
PARTES SOLICITANTES: CIUDADANOS ISMAEL JOSE AGUILAR RODRIGUEZ Y YELITZA VERÒNICA DÌAZ MORENO, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, CÓNYUGES, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-10.871.653 Y V-10.865.692, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Con base a lo antes expuesto y vista la manifestación de voluntad de ambos cónyuges de estar separados, así como el tipo de procedimiento no contencioso de jurisdicción voluntaria bajo análisis, éste Tribunal observa que se han verificado todos los supuestos de hecho establecido en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, verificándose de igual manera que transcurrió un (1) año después del decreto de separación de cuerpos, y que los ciudadanos ISMAEL JOSE AGUILAR RODRIGUEZ y YELITZA VERONICA DIAZ MORENO, anteriormente identificados, debidamente asistidos, comparecieron solicitando se declare la conversión en divorcio, de manera que la solicitud de conversión de separación de cuerpos y bienes en divorcio solicitada en el presente caso resulta es procedente en derecho y ASI SE DECIDE. -III- DECISION Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Decimoctavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre d.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-S-2011-004284. N° Sentencia : Fecha: 24/05/2011
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
SOLICITANTE: CIUDADANOS MARIA LUIGIA FORTE DE PICCOLO, JOSEFINA TERESA PICCOLO FORTE, TRINIDAD PICCOLO FORTE, MARIA PIA PICCOLO DE GONZALEZ DOMINGO PICCOLO FORTE Y MARISOL PICCOLO DE GARCIA, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS V- E-61.026, V-3.751.722, V-3.569.228, V-4.266.331, V-3.551.745 Y V-5.418.954, RESPECTIVAMENTE, DEBIDAMENTE REPRESENTADOS POR EL ABOGADO PAOLO VICENTE CARIELLO PEREZ., I.P.S.A. Nº 76.651.
Resumen:
Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión de la presente solicitud observa: Que en el acta de nacimiento de los hijos del de cujus, es decir, en el acta de nacimiento de los solicitantes JOSEFINA TERESA PICCOLO FORTE, TRINIDAD PICCOLO FORTE, MARIA PIA PICCOLO DE GONZALEZ, DOMINGO PICCOLO FORTE y MARISOL PICCOLO DE GARCIA, antes identificados, se coloco que son hijos de "FRANCISCO", observando el Tribunal, que el de cujus aparece identificado en el acta de defunción y en la copia de su cedula de identidad como "FRANCESCO", motivo por el cual este Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud, Publíquese, Regístrese y Notifíquese. Dada, firmada y sellada, en Caracas a los (24) días del mes Mayo 2011. Años 200° y 152°
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2011-000726 N° Sentencia : Fecha: 24/05/2011
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento
Partes:
DEMANDANTE: LUÍS EDGARDO OVALLE RUIZ, C.I. 5.967.682, ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE LA CIUDADANA CARMEN TERESA RUIZ CARTAYA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 1.750.823; REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR LA ABOGADA MARISOL LUÍS LUÍS, IPSA Nº 84.887.
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal se allana y asume el referido criterio casacionista, el cual es aplicable a partir de la publicación de la ut supra, transcrita sentencia, y aplicándolo al caso de marras se evidencia, que la parte actora no cumplió con su obligación legal, a los fines de materializar la citación personal de la parte demandada, dentro de los treinta (30) días que dispone la Ley, luego de la admisión de la demanda, esto es, 05/04/2011, como lo es, entre otras, proporcionar los medios o recursos necesarios al Alguacil que ha de practicar la respectiva citación, configurándose así los extremos de ley para la PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, y así declara. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordan.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-M-2009-000892 N° Sentencia : Fecha: 24/05/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: INSTITUTO DE CLÍNICAS Y UROLOGÍA TAMANACO, C.A, INSCRITA ORIGINALMENTE EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, EN FECHA 8/05/1957, BAJO EL Nº 68, TOMO 9-A, LUEGO REFORMADOS POR ASIENTO INSCRITO EL 8/11/1962, BAJO EL Nº 64, TOMO 35-A, EXPEDIENTE QUE AHORA CURSA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, REPRESENTADA JUDICIALMENTE POR LOS ABOGADOS JOSÉ MELICH ORSINI, JUAN CORREA DE LEÓN, GONZALO
Resumen:
En la oportunidad fijada por el Tribunal para que tuviera lugar la audiencia o debate oral, la cual correspondió al día 09 de Mayo de 2011, no se hicieron presentes ningunas de las partes en el presente juicio, por lo que el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil, que establece: Artículo 871 La audiencia se celebrará con la presencia de las partes o de sus apoderados. Si ninguna de las partes compareciere a la audiencia, el proceso se extingue, con los efectos que indica el artículo 271. Si solamente concurre una de las partes, se oirá su exposición oral y se practicarán las pruebas que le hayan sido admitidas, pero no se practicarán las pruebas de la parte ausente. Declara extinguido el proceso, con los efectos que indica el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, que señala: Artículo 271 En ningún caso el demandante podrá volver a proponer la demanda, antes de que transcurran noventa días continuos .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

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