DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por el Abogado Arturo Castrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 254.730, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARTHA COROMOTO FIORITA DE ROJAS, en su carácter de tutor interino de su legítimo cónyuge, ciudadano PEDRO OABLO ROJAS VELASQUEZ, en el juicio que por daños y perjuicios y lucro cesante, incoara en contra de la sociedad mercantil HOSPITAL DE CLÍNICAS DE CARACAS, C.A., representada legalmente por el ciudadano MIGUEL SALOMÓN GOTTESMANN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-5.217.256, y el ciudadano ALBERTO SALINAS KARPEL, todos ident.....