RIMERO: Se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MARCO CIMINO, en su condición como Defensor Público N° 4 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se admite la contestación del recurso. La procedencia de la apelación será resuelta dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto, tal como lo establece el artículo 450, tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.