DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, ANA TERESA MARIN DE ALVAREZ Y DANIEL ALEJANDRO ALVAREZ ALONSO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.400.141 y V-15.757.241, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha día 14 de noviembre de 2009, por ante el por ante por ante la Primera Autoridad del Registro Civil del Municipio Naguanagua, Parroquia Naguanagua, del Estado Carabobo, tal y como consta de Acta de Matrimonio distinguida con el Nº 549, Tomo II, tal y como consta de Acta de Matrimonio distinguida con el Nº 549 emanada de esa o.....