Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Revisión y Cumplimiento de Obligación de Manutención, incoare la ciudadana NORKIS LISETT ANGULO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.094.748, progenitora del niño (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA), contra el ciudadano JESÚS GREGORIO MARTÍNEZ UTRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.382.373. A tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
Primero: Se fija como OBLIGACION DE MANUTENCIÓN la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00), tomando como referencia el Salario Mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional por .....