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Decisiones del dia 25/02/2014 |
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N° Expediente :
AP51-J-2013-022771
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N° Sentencia :
PJ0452014000264
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Fecha: 25/02/2014 |
Procedimiento: Autorización Judicial Para Cobrar |
Partes: NANCY CAROLINA DÍAZ ALVARENGA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-6.932.936. |
Resumen:
Se declara CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR, incoada por la ciudadana NANCY CAROLINA DÍAZ ALVARENGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.932.936, en beneficio de su hijo (SE OMITEN DATOS DE CONFORME AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). En consecuencia, se ordena oficiar a las entidades públicas y/o privadas señaladas en el Libelo, a objeto de que se sirvan remitir a este Órgano Jurisdiccional en cheque de gerencia la cuota parte que le pudiera corresponder al citado adolescente, en su carácter sucesoral de El Causante JOSÉ ANTONIO MATOS, antes identificado.
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Juez/Ponente:
Joocmar Eralda Oviedo Contreras
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Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente :
9317
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N° Sentencia :
10-2014
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Fecha: 25/02/2014 |
Procedimiento: Medida Cautelar |
Partes: INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE VS. VALLALIGHT C.A., |
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley decreta:
PRIMERO: Se REVOCA la medida de embargo ejecutivo acordada por este Tribunal en fecha 25 de septiembre de 2013, de acuerdo a la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: PROCEDENTE la solicitud de medida de embargo ejecutivo, formulado por el abogado JESÚS CABALLERO ORTÍZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 4.643, actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, Instituto Autónomo Nacional, de este domicilio creado por Decreto con Fuerza de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, el 8 de noviembre de 2001 y actualmente regulado por la Ley de Transporte Terrestre del 31 de julio de 2008, en contra de la empresa VALLALIGHT C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del .....
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Juez/Ponente:
Hector Salcedo
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Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente :
AP71-R-2012-001163
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N° Sentencia :
13.224-INT(CAS)-CIV
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Fecha: 25/02/2014 |
Procedimiento: Inadmisibilidad De Recurso De Casación |
Partes: SERGIO TROYANO LUNAZA |
Resumen:
CUARTO: En consecuencia, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado por el abogado SERGIO TROYANO LUNAZA, Inpreabogado N° 132.630, en su carácter de parte actora, contra la Sentencia dictada en fecha 06.02.2014, por este Juzgado Superior. Y ASI SE DECIDE.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA ARZOLA PADILA.
IPB/MAP/julio.-
Exp. AP71-R-2012-001163.-
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Juez/Ponente:
Indira Paris Bruni
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Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP31-M-2010-000386
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N° Sentencia :
PJ0132013000073
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Fecha: 25/02/2014 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares Via Intimatoria |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL VS SOCIEDAD MERCANTIL THE ORANGE CONSULTING GROUP, C.A |
Resumen:
III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y administrando justicia en virtud de las atribuciones conferidas por la ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: Conforme a lo establecido en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, el intimante no podrá volver a proponer la demanda, antes de de que transcurran noventa (90) días después de verificada como ha sido la perención de la instancia.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
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Juez/Ponente:
Juan Alberto Castro
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Organo:
Juzgado Decimo Septimo de Municipio
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