DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONFIRMA la decisión dictada el 14 de febrero de 2015, por el Juzgado Quinto (05º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos MENA MARTINEZ CARLOS JOSE Y ZAPATA MENDOZA ADELSO RAFAEL, titulares de la cédula de identidad Números V-12.397.239 y V-5.761.754, respectivamente, conforme a lo previsto en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3 y 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 238 numeral 2 todos de la ley adjetiva penal vigente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
SE.....