DECISION
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN celebrada por las partes, en la acción interpuesta por la ciudadana YOLANDA ANTONIETA PABON CARABALLO, contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA CUMARU, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30/11/1976, bajo el N° 41, Tomo 412-A
Segundo: No hay condenatoria en costa de acuerdo a la naturaleza del presente fallo.
Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día hábil siguiente en que vence el referido en el Artículo 159 L.....