Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor de la ciudadana ELOIZA REYES MARCANO, antes identificada, sobre las bienhechurías compuestas por una casa para vivienda, situada en la Urbanización Vista Hermosa, Calle Libertador, Cujicitos, identificada con el número 25-01, Código Catastral 12-16-25-11,-al lado del poste de alumbrado eléctrico número 87EKO225, Parroquia La Vega, jurisdicción del Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, cuya casa está construida con paredes de bloque frisadas, techos de platabanda, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente forma: tres (3) habitaciones con las especificaciones siguientes: la pri.....